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Los pasos que se deben de seguir para la obtención de NIT De acuerdo al Ministerio de Hacienda los requisitos para obtención del NIT son:

 

  1. Comprobante de pago de NIT (original)

  2. Presentar un recibo por servicios de energía eléctrica (original + copia simple) o de agua o teléfono, o en su defecto contrato de arrendamiento del local que confirme la dirección de notificación del contribuyente

  3. Presenta el documento Único de Identidad (DUI) del comerciante individual o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original) para salvadoreños o pasaporte (o carnet de residente) para extranjeros

A continuación, se muestran los requisitos especiales (Sólo se debe cumplir con uno de los siguientes requisitos)

  • Balance Inicial si el activo es mayor a los $12,000.00 debe ser firmado por contribuyente y contador.

 

  • Detalle de activos (original) para activo entre $2,286 y $12,000.00 detalle del activo firmado únicamente por contribuyente.

 

  • Contrato de arrendamiento de local (original+ copia simple) o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original)

 

  • Contrato por prestación de servicios o venta de bienes (original + copia simple) o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original)

  • Constancia o carta de clientes que solicitan el servicio o los bienes (original) 
    con sello de la empresa, clase del servicio o bien, monto mensual a percibir, nombre y firma del solicitante.

  • Fianza de cumplimiento entre aseguradora y gestor de encomienda (original + copia simple) o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original)

 

  • Constancia de inscripción del negocio en la Alcaldía (original + copia simple) 
    o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original). Cada Alcaldía extiende un documento diferente.

  • Contrato de compra/venta de cosecha (original + copia simple) 
    o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original)

  • Carta de compra/venta de reses emitida por Alcaldía Municipal (original + copia simple) o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original)

  • Título universitario, Certificado o Diploma que acredite la ocupación u oficio (original + copia simple) o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original). Si el título es emitido en el extranjero debe estar convalidado por el Ministerio de Educación. Si en el DUI se consigna la profesión, ocupación u oficio, no es necesario presentar la documentación antes relacionada.

  • Autorización de transporte de personas (original + copia simple) 
    extendido por el Viceministerio de transporte

  • Tarjeta de circulación de los vehículos (original + copia simple) 
    el vehículo debe ser de trabajo, o documento de compra venta (si la tarjeta de circulación no está a su nombre), o contrato de arrendamiento del vehículo, si aplica.

  • Escrito en el que conste que no posee documento que demuestre ingresos o activos (original) aplica en caso de no poseer ningún requisito especial detallado anteriormente

 

 

Por apoderado

  • Poder general judicial y administrativo (original + copia simple) 
    o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original), en el que se señalen facultades para efectuar trámites ante el Ministerio de Hacienda

  • Documento Único de Identidad (DUI) del apoderado (original + copia simple) 
    o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original), para salvadoreños o pasaporte (o carnet de residente) para extranjeros

 

 

Por persona autorizada

  • Autorización para realizar trámites ante el Ministerio de Hacienda (original) 
    firmada por el comerciante individual o apoderado, debidamente autenticada por notario

  • Formulario de registro único de contribuyente F-210 (original) 
    firmado por el comerciante individual o apoderado, el cual puede obtener aquí en el manual:

 

  • Documento Único de Identidad (DUI) de la persona autorizada (original + copia simple) o en su defecto copia certificada (en el caso que no se presente el original), para salvadoreños o pasaporte (o carnet de residente) para extranjeros

 

  

      Personas Jurídicas:

  1. Llenar formulario F-210 en todas sus partes o en caso de comparecer personalmente el Representante Legal o Apoderado, el mismo le será completado por la persona que le atienda, a través de formulario automático.

  2. Presentar fotocopia legible y original (para confrontarse) o en su defecto entregar una fotocopia certificada de la Escritura de Constitución de la Sociedad inscrita en el Registro de Comercio.

  3. Comparecer personalmente el Representante Legal o Apoderado con DUI o pasaporte (en caso de ser extranjero), credencial vigente inscrita en el Registro de Comercio, o poder (especial, general, judicial o administrativo) en el que se señale el trámite específico a efectuar en el Ministerio de Hacienda e inscrito el referido documento en el Registro de Comercio a excepción del poder especial, toda la documentación relacionada deberá presentarse en original y fotocopia (para confrontarse) o en su defecto entregar una fotocopia certificada.

  4. En caso que no comparezca el representante legal o apoderado, estos deben firmar el formulario F-210 y anexar autorización autenticada donde se indique el número de folio del formulario antes referido, nombre y número de DUI de la persona que realizará el trámite y la gestión específica a realizar en el Ministerio de Hacienda, debiendo presentar original y fotocopia o fotocopia certificada de DUI o pasaporte (extranjeros), de Representante Legal, del Apoderado y de la persona autorizada para efectuar el trámite y documentos especificados en numerales 2 y 3.

  5. Presentar comprobante de pago de NIT.

 

En resumen, los pasos a seguir para la obtención del NIT son:

  1. Pago del NIT en el departamento de colecturía del Ministerio de Hacienda.

  2. Presentación del comprobante de pago y de los documentos requeridos en las oficinas del Ministerio de Hacienda.

  3. Inmediatamente después que se presentan los documentos se emitirá el NIT

A continuación se les brinda el sitio oficial en el que se puede ingresar para cerciorarse más  

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