
P&C Y ASOCIADOS S.A DE C.V.
Se debe inscribir al empleado en la planilla del AFP de la empresa del mes en que empieza a laborar en la empresa. Por ejemplo, si el empleado empieza a laborar en la empresa en diciembre, se debe incorporar al empleado en la planilla recibida en diciembre para que este ya aparezca dentro de la planilla a pagar del mes siguiente. El plazo máximo legal en que se debe ingresar al empleado al AFP es de 30 días, a partir de la fecha en que este empezó a laborar en su empresa.
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Para comenzar con este proceso se debe de elaborar un documento que contenga todos los detalles y se deberá de enviar a la AFP con la que se afiliara
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Se deberá de enviar una copia del NIT e IVA a la AFP afiliada
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Si el empleado ya está afiliado al AFP deberá de agregar al empleado en la lista de trabajadores que usted escribe dentro de la planilla, incluyendo su NUP y salario percibido por él.
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- Si está inscrito al servicio de “Planillas Pre-elaborada ofrecida por su agencia de AFP: Cuando la compañía se comunique con usted dentro de los primeros 5 días hábiles del mes para saber si no tiene cambios en su planilla, debe hacerle saber que usted ha contratado un nuevo empleado y debe proporcionarle los datos pertinentes: Nombre del Trabajador, NUP y el salario que este va a recibir.
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Si el empleado no está afiliado al AFP: Deberá llamar a la Agencia de AFP a la cual este afiliado y pedirle que envíe un delegado de afiliación a su empresa para que tome los datos del empleado y tramite la Afiliación. Los documentos que necesita el empleado para realizar este proceso son: fotocopias del DUI y del carné del ISSS, ampliadas a un 150%.
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Luego, el empleado puede acercarse a las oficinas de la compañía de AFP, a recoger su carné de Afiliación o se puede acordar con esta compañía para que este sea llevado a las instalaciones de su empresa.